• 30-Noviembre-2022 09:02
    Info General


    Subvenciones al alquiler de vivienda:

    ¿Cuál es el plazo? Del 1 de diciembre de 2022 al 3 de enero de 2023.

    ¿Para qué es? Sufragar durante 12 meses (todo 2022) parte de la renta mensual de personas que residan de forma habitual y permanente en una vivienda o habitación alquilada.

    ¿A cuánto asciende? Al 50% de la renta como norma general. Si se es joven, asciende al 60% y si, además, se reside en el medio rural, al 75% del alquiler. Para las personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida será del 75%.

    ¿Es compatible con el bono joven? Sí, pero juntas solo pueden llegar al 75% del alquiler.

    ¿Qué requisitos hay? Ser titular en un contrato de arrendamiento (no valen verbales), que sea «residencia habitual y permanente», tener unos ingresos de entre 3.954,30 y 23.725,80 euros al año (de 0,5 a 3 veces el Iprem); y que la renta que se paga por la vivienda sea menor a 500 euros mensuales, y a 175 si se trata de una habitación en el caso de la capital; y de 450 y 150 euros, respectivamente, en la provincia. Quedan fuera quienes sean propietario de una vivienda y quienes tengan relación  parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendatario.

    ¿Hay condiciones especiales para familias numerosas o personas con discapacidad? Sí, se pueden consultar en Tramitacastillayleon.jcyl.es.